Cuando un cliente o particular no te paga, perder los nervios es lo peor que puedes hacer. La ley te ofrece varias vías eficaces para reclamar una deuda y, bien usadas, en muchos casos consigues cobrar sin llegar al juzgado. Te explicamos las opciones, plazos y costes reales.
Paso 1: reclamación amistosa con prueba
Antes de demandar, intenta el cobro amistoso, pero deja constancia. Un email, un WhatsApp o, mejor aún, un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido sirve como prueba en el juzgado y, además, interrumpe la prescripción.
Paso 2: procedimiento monitorio
Es la vía rápida y barata para deudas dinerarias documentadas. Se presenta sin necesidad de abogado para deudas de hasta 2.000 €.
- Sin límite máximo de cuantía
- Coste muy reducido (sin tasas para personas físicas)
- Si el deudor no se opone en 20 días, se dicta orden de pago
- Si se opone, se transforma en juicio verbal u ordinario
Paso 3: juicio ordinario o ejecutivo
Si la deuda está reflejada en un título ejecutivo (escritura, letra de cambio, póliza), puedes ir directamente a ejecución. Para el resto, juicio verbal (hasta 6.000 €) u ordinario (más de 6.000 €) tras el monitorio.
Plazos de prescripción
No esperes demasiado o perderás el derecho a reclamar.
- Deudas civiles generales: 5 años
- Honorarios profesionales: 3 años
- Deudas mercantiles: 5 años
- Pagarés y letras: 3 años
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio mandar burofax antes?
No, pero es muy recomendable. Sirve como prueba e interrumpe la prescripción.
¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes?
Se puede dejar la deuda en ejecución abierta y reactivarla cuando aparezcan bienes embargables.
¿Puedo reclamar si no tengo factura firmada?
Sí, sirven emails, presupuestos aceptados, WhatsApp, transferencias parciales, etc.