Una herencia no son solo bienes: también heredas las deudas. Antes de aceptar nada, debes saber qué opciones tienes y qué plazos manejas. Te explicamos cómo decidir sin riesgos.
Las 3 opciones del heredero
El Código Civil te da 3 vías cuando hay una herencia con posibles deudas:
- Aceptar pura y simplemente: heredas todo, bienes y deudas, respondiendo incluso con tu patrimonio personal.
- Aceptar a beneficio de inventario: solo respondes de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados. Tu patrimonio queda protegido.
- Renunciar: no aceptas nada. No pagas deudas pero tampoco recibes bienes.
¿Cuándo conviene cada opción?
Si los bienes claramente superan las deudas, acepta sin más. Si dudas, acepta SIEMPRE a beneficio de inventario: es la opción más segura. Si las deudas superan claramente a los bienes y no hay valor sentimental, renuncia.
Plazos legales
El beneficio de inventario debe solicitarse ante notario en plazo de 30 días desde que sabes que eres heredero (si estás en posesión de los bienes) o sin plazo concreto (si no posees, pero conviene hacerlo cuanto antes). La aceptación o renuncia no tiene plazo, pero los acreedores pueden requerirte y entonces tendrás 30 días para decidir.
Costes y trámites
El beneficio de inventario implica acta notarial e inventario detallado de bienes y deudas. Cuesta entre 600 y 1.500 € según patrimonio, pero protege todo tu patrimonio personal. Una decisión equivocada puede costarte decenas de miles de euros.
Cómo te ayuda Lawzy
Antes de aceptar nada, hacemos un estudio inicial de viabilidad del patrimonio del fallecido (Registro de la Propiedad, AEAT, banca, vehículos) y te decimos qué te conviene. Tramitamos la aceptación a beneficio de inventario o la renuncia con todas las garantías.
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Preguntas frecuentes
¿Si renuncio, pueden venir a por mí los acreedores?
No. Si renuncias formalmente ante notario, no respondes de ninguna deuda del fallecido.
¿Pueden mis hijos heredar las deudas si yo renuncio?
Sí. La renuncia hace que la herencia pase a los siguientes herederos (hijos, padres, hermanos). Conviene coordinar con toda la familia.
¿Hacienda cobra si acepto a beneficio de inventario?
Sí, debes pagar el Impuesto de Sucesiones, pero solo sobre el valor neto (bienes menos deudas).