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Civil

Okupación de vivienda en Sant Martí: cómo actuar y desalojar rápido

15 de enero de 2026·8 min de lectura

La okupación es uno de los problemas que más ha crecido en Sant Martí. La ley diferencia entre allanamiento (vivienda habitual: desalojo rápido con denuncia penal) y usurpación (segunda residencia o piso vacío: procedimiento civil o penal más lento). Actuar en las primeras 48 horas es decisivo.

Qué hacer en las primeras 24-48 horas

  • Llamar a la policía y presentar denuncia inmediata.
  • Aportar todas las pruebas de propiedad y de residencia.
  • No cortar suministros (puede ser delito de coacciones).
  • No entrar por la fuerza (puede constituir allanamiento inverso).
  • Llamar a un abogado en el mismo día.

Desahucio express (Ley 5/2018)

Aplicable a personas físicas propietarias de vivienda que no sea la habitual. Se tramita en el Juzgado de Primera Instancia. Los ocupantes tienen 5 días para acreditar título válido; si no lo hacen, se ordena el desalojo. Suele resolverse en 3-6 meses.

Casos frecuentes que vemos en Sant Martí

En Sant Martí recibimos consultas de propietarios de pisos vacíos, herederos con inmuebles no habitados y comunidades de vecinos con pisos okupados. Cada caso requiere una estrategia: denuncia penal, demanda civil o negociación asistida.

Comunidad de vecinos afectada

Si la okupación causa problemas graves (ruidos, actividades ilícitas, deterioro del edificio), la comunidad puede reclamar cese de actividades molestas. Coordinamos con el presidente y el administrador de fincas.

Prevención: cómo proteger tu vivienda

  • Puerta blindada y cerradura anti-bumping.
  • Alarma con conexión a central receptora.
  • Seguro con cobertura anti-okupación.
  • Visitas periódicas y persianas medio subidas.

¿Tienes un caso similar?

Estudio inicial de viabilidad y sin compromiso. Te respondemos en menos de 24h.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda desalojar a okupas en Sant Martí?

Con denuncia penal por allanamiento (vivienda habitual), días o semanas. Vía civil (piso vacío) entre 3 y 6 meses.

¿Puedo cortar el agua o la luz?

No. Puede ser delito de coacciones. Se hace por vía judicial.

¿La comunidad de vecinos puede actuar?

Sí, en caso de actividades molestas o insalubres. Se puede exigir el cese y desalojo por sentencia.

¿Y si los okupas son familia con niños?

El desalojo se ejecuta igual, aunque los servicios sociales pueden ofrecerles alternativa habitacional.

¿Necesito abogado o basta con denunciar?

Necesitas abogado. La complejidad procesal exige asistencia técnica desde el minuto uno.

¿Cuánto cuesta?

Damos presupuesto cerrado desde la primera consulta inicial sin compromiso.